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6.4 Vida: ¿Derecho o bien jurídico?


6.4 Vida: ¿Derecho o bien jurídico?   
Ordenamiento jurídico vela en torno del cumplimiento y garantía de los derechos de los ciudadanos. 
-Cuando queremos saber a qué atenernos, tenemos que ver el significado de las normas para saber a qué tenemos derecho.
Los seres humanos no se consideraban como tales si no presentaban una forma humana y una capacidad de supervivencia por sí solos.
-Art.29 C.c.:"el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables" (desde la concepción es reconocido como persona)-> vida del nacido considerada un bien jurídico.
-Se establece una equivalencia práctica entre bienes y derechos (ya que tales bienes a diferencia de los derechos, no tendrían contenido esencial).
-Quedan como elementos inseparables de lo jurídico la viabilidad (supervivencia durante 24 horas) y la visibilidad (figura humana).
*El Estado debe proteger la vida, por lo que no estamos ante un derecho a la libertad, sino ante una protección positiva.