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3.1 Por qué se carateriza al derecho como un "mínimo ético"


3.1 Por qué se carateriza al derecho como un "mínimo ético"   
La ética es todo aquello que hace referencia a cómo nos debemos comportar, por lo que tiene unas exigencias, unos deberes.
La moral aborda ese "cómo debo comportarme" de manera maximalista.
El derecho tiene también de "cómo debemos comportarnos" pero no de manera maximalista, sino para ajustar nuestras relaciones con los demás para que no haya conflicto.
El derecho tiene una parte propia, no es una parte de la moral. No es deudor de la moral, sino de una metodología (antropología). Quiere ajustar las relaciones sociales, y la moral lo valorará positivamente. No impone ninguna moral.
Debemos imponer coactivamente lo mínimo (sólo se impone lo mínimo), dejando que cada uno tenga un concepto de vida buena, pero ajustándose a unos mínimos (la ética mínima).